Un dictamen del Procurador de la Corte Suprema de Justicia, Jorge Barraguire, avaló que los Ministros se proclamen respecto al reclamo de la ONG.
Generar había sido admitida como querellante por el juez penal de primera instancia, Pablo Busaniche, en junio de 2022; esa resolución fue revocada por la jueza de la Cámara de Apelaciones Marta Feijóo cuatro meses después. En el fallo de la camarista se analizó que la asociación civil Generar defiende derechos e intereses colectivos, mientras que la vida, derecho vulnerado por el femicidio, es un derecho individual.
El caso
La noche del 18 de enero de 2020 en el inmueble en el que por ese entonces funcionaba la sede de la Asociación Civil Generar, en calle 4 de Enero al 6600 de la ciudad de Santa Fe, Daniela Cejas fue asesinada. Su cuerpo fue encontrado al día siguiente por su esposo con evidentes signos de violencia. Casi un mes más tarde, fue detenido por el hecho durante un allanamiento en Gaboto al 6900 Javier Sen a quien se le imputó el delito de femicidio.

En ese momento, la fiscala Ana Laura Gioria explicó que «se le atribuyó al detenido el femicidio de Daniela Cejas. En realidad es el homicidio con dos agravantes, uno es el vínculo. Nosotros tenemos acreditado que ellos mantenían una relación de pareja y, además de ese agravante, es por estar dentro de un contexto de violencia de género. También tenemos muchos elementos para poder imputarlo de esa manera y considerarlo así».
Posteriormente, a pedido de Gioria, el juez Sergio Carraro dictó la prisión preventiva al hombre, avalando la calificación legal de homicidio agravado por el vínculo y por mediar violencia de género. En el mes de mayo la defensa de Sen apeló y pidió que revoquen la medida dispuesta el 16 de febrero de 2020; sin embargo, el juez de segunda instancia Enrique Álvarez la confirmó.
Si bien la fiscala a cargo de la investigación es Ana Laura Gioria, en las diligencias que se realizaron en segunda instancia el fiscal que representó al Ministerio Público de la Acusación (MPA) fue Jorge Nessier, quien sostuvo que “en su apelación, la defensa del imputado solicitó la imposición de medidas alternativas o la morigeración de la prisión preventiva” y agregó que “en su resolución, el camarista afirma ´que las medidas alternativas propuestas no lucen suficientes para afianzar este proceso, en relación con la gravedad del evento que se le atribuye al encausado; ante ello hace presumir que no se cumplirá con una libertad restringida, siendo necesario, por el momento y hasta que se avance un poco más y se esté en condiciones de realizar una nueva evaluación, la medida de encierro’”.
El funcionario del MPA también hizo hincapié en que “el juez de segunda instancia destacó la calidad de la investigación realizada por la fiscala Gioria” y agregó que “se incorporaron testimonios que acreditan la existencia de una relación entre Cejas y el imputado.