Exclusivo de CFIN. La solicitud de dos fiscales provinciales ante la Corte Suprema de Justicia, pretendiendo la Invalidación constitucional del Art. 27 del Código Procesal Penal sería Rechazada. Falta un voto de un Ministro. El Fallo se daría a conocer en una Acordada a la brevedad.
El Caso Marcelo Sain, y el accionar de dos Fiscales provinciales del MPA, ha provocado un verdadero cataclismo en la política santafesina.
Recordemos que, los Fiscales Edery y Schiappa Pietra del MPA, fueron los que direccionaron la Causa del Juego clandestino y del Senador Armando Traferri, solicitando en su momento el Pedido de Desafuero y el Planteo de Inconstitucionalidad del mencionado artículo.
CFIN, el 2 de Marzo del 2021, señalamos que, El planteo de los dos Fiscales rosarinos pretende la invalidación constitucional del artículo 27 del Código Procesal Penal, que reglamenta de manera directa el art. 51 de la Constitución de la Provincia, referido al procedimiento que es necesario seguir en caso de solicitar el desafuero de un miembro del Poder Legislativo provincial, tal como fue reconocido por la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en estos términos “los privilegios que las provincias puedan consagrar respecto de sus gobernadores, legisladores y jueces deben ser respetados, dentro de sus respectivos territorios, aún por los jueces federales con jurisdicción en ellos”. Y hay fallos que representan antecedentes muy sólidos como dos casos significativos, Caso Patti y caso Buzzi .
En este mismo sentido, este prestigioso Constitucionalista santafesino nos acota que: respecto al Artículo 27 del Código Procesal Penal, el punto 5, expresa claramente: Incumplimiento del Imperativo legal de disponer el archivo.
Ante la omisión del Fiscal de disponer el archivo conforme lo establece la normativa aludida, corresponde al damnificado por tal incumplimiento promover excepción de previo y especial pronunciamiento, conforme el art. 34 inc. 2 del Código Procesal Penal, en atención a que en el caso resulta evidente que la causa no puede proseguir por haberse desestimado pedido de desafuero, siendo la única consecuencia legal y constitucionalidad admisible, el archivo jurisdiccional (art. 290 Código Procesal Penal), resolución que se impone ante la negativo del representante del MPA a archivar por si mismo la causa.
Hoy, CFIN, reafirma aquello del año próximo pasado pero con datos de actualidad. Estamos en condiciones de adelantar que, en las próximas horas, en los próximos días, la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe, resolverá a favor de la Constitucionalidad de los dos artículos.
Sólo resta que se dé, el voto de un Ministro de la Corte para que la mayoría determine esto.
Si tendríamos que hablar de un partido de fútbol, podríamos decir que el resultado sería por goleada.
Otro revés de los dos polémicos Fiscales rosarinos y del propio Marcelo Sain.
CFIN como siempre te cuenta el “Muro de la Verdad”.