Si bien de manera genérica se restablece el financiamiento a estos organismos previsionales, sólo podrán requerir el pago mensual aquellas provincias cuyas cajas tuvieran reconocido y acordado con ANSES, el déficit correspondiente al ejercicio 2021 o de un año posterior. “Esta cláusula, si no se modifica, vuelve a excluir del financiamiento a las 13 cajas no transferidas, incluida Santa Fe, puesto que, de acuerdo a la información que hemos recabado, ninguna de las 13 provincias tiene
acordado el déficit de 2021. Mucho menos de 2022 o 2023”, expresó Agosto.
El Gobierno Nacional, a partir de enero del corriente año, no sólo suspendió las transferencias mensuales que realizaba ANSES a las provincias, sino que anunció elcese de hecho del financiamiento de las cajas provinciales durante el resto del año.
Asimismo, dictó en el mes de marzo el DNU N°280/24, el cual excluyó de la prórroga del Presupuesto Nacional 2023 -para el ejercicio 2024- los artículos 92, 93 y 94, que establecían el procedimiento de determinación y pago del financiamiento mensual de ANSES a estas cajas provinciales, así como el mecanismo de actualización.
De acuerdo a lo expresado por el legislador, está sucesión de hechos no sólo perjudicó la situación financiera de las cajas no transferidas, sino que configuraron una situación de gran inequidad hacia las mismas, y por ende hacia Santa Fe, ya que no sólo no se percibe el aporte nacional acordado oportunamente, sino que la provincia continúa resignando recursos coparticipables
que se afectan al financiamiento de ANSES, para pagar las jubilaciones nacionales y
de las provincias que transfirieron sus cajas a la nación. En este sentido, Agosto señaló que “el monto que se le detrae a Santa Fe de la coparticipación para financiar a ANSES, es equivalente al déficit de la Caja de Jubilaciones de la provincia.”
Asimismo, a principios del mes de septiembre el Presidente Milei vetó la ley de
movilidad jubilatoria, que con un alto grado de consenso fue votada en el Congreso
de la Nación, que disponía no sólo la recomposición de los haberes jubilatorios, sino
que también instruía a la ANSES a cancelar la totalidad de las deudas que mantenía
con las provincias cuyos sistemas previsionales no fueron transferidos al Estado
Nacional.
Cómo puede observarse, el art 59 del proyecto de presupuesto nacional para
2025 consolida una sucesión de hechos que resultan perjudicial para los intereses de
la provincia. Agosto consideró que la presentación del proyecto de Presupuesto
Nacional para 2025 hubiera sido una oportunidad para que el Gobierno Nacional
restituya este financiamiento. Sin embargo, lejos de resolver esta situación, el art
59 genera una nueva discriminación hacia las provincias que no transfirieron sus
cajas profundizando las inequidades existentes.
Ante ello, el ex Ministro de Economía consideró imprescindible que el Gobierno
Provincial promueva un firme y urgente reclamo para modificar dicho artículo durante
trámite parlamentario de la ley de leyes.
Fuente: CFIN