Tal como lo había anunciado en diciembre de 2024, el gobierno nacional autorizó el autodespacho de combustibles en todo el país. La implementación del servicio quedará a elección de cada expendedor y desde la Secretaría de Energía, que corresponde a la cartera económica, establecerán los requisitos a cumplir por parte de las estaciones de servicio que deseen sumar la modalidad.
La medida fue oficializada a través del Decreto 46/2025, publicada en el Boletín Oficial este miércoles. Lleva la firma del presidente Javier Milei, el ministro de Economía, Luis «Toto» Caputo, y el Jefe de Gabinete de Ministros, Guillermo Francos.
En cuanto al uso de los expendedores de autodespacho señalaron que «una vez terminado el suministro de combustible, se repondrá la tapa del tanque y se colgará la manguera en su lugar, cuidando de que no quede enganchada en algún saliente del vehículo» y que «recién entonces se estará en condiciones de poner en marcha el motor».
En el decreto también autorizaron el uso de tanques sobre el terreno en «estaciones de servicio y estaciones de servicio móviles», según indiquen las condiciones de seguridad y despacho que deberán ser establecidas por la Secretaría de Energía.
«Se entiende como estaciones de servicio móviles a los depósitos portátiles autónomos que están totalmente equipados para el transporte y el abastecimiento de hidrocarburos. Pueden utilizarse de forma fija o móvil, con la posibilidad de ser izados o transportados», se precisó.