El Ministerio de Economía informó una suba de hasta un 15% en la tasa de interés de las deudas en impuestos. Pasarán de valores fijos a valores variables y se ajustarán de manera bimestral a partir del 1° de febrero.
La medida fue notificada a través de la Resolución 3/2024 del Boletín Oficial. Además, allí también se informó que la tasa de interés punitorio pasará del 7,37% al 18% mensual.
“Resulta necesario adecuar las referidas tasas a las condiciones económicas actuales, a fin de estimular la cancelación en término de las obligaciones y evitar que los contribuyentes morosos financien sus actividades mediante el incumplimiento de los impuestos, restableciendo, a tales efectos, un esquema de actualización automático”, se detalla en la normativa.
Así, se especificó que la tasa de interés resarcitorio pasará de un 5,91% a poco más de un 15%. Por otra parte, la tasa de interés resarcitorios y punitorios para deudas en dólares se mantienen en el 0,83% y un 1% mensual respectivamente.
En el caso de devoluciones, acciones de repetición, reintegros y otros casos, se aplicará la tasa de depósitos a 30 días publicada por el Banco Central (BCRA). Actualmente la tasa era fija del 3,84%.
Desde SDC Asesores Tributarios señalaron que las tasas vigentes hasta el 31 de enero “son tasas reales negativas muy alejadas de la inflación actual”. “Esto genera que los contribuyentes, en muchas ocasiones, se financien a través de planes de pago que otorga la AFIP o incluso no paguen ya que el costo de la mora es bajo, afectando las cuentas públicas”, explicaron.
Asimismo, sumaron que dado el contexto económico actual y la alta presión fiscal que existe en la Argentina “genera que muchos contribuyentes estén imposibilitados de cumplir con sus obligaciones en término”.
Sin embargo, cuestionaron las nuevas medidas: “Un incremento casi al triple de los intereses resarcitorios puede afectarlas aún más, sobre todo porque la tasa de interés aplicable a descubiertos en cuenta corriente no pactados son las más altas que cobra el BNA”, remarcaron.
Además, le solicitaron al ministerio de Economía que fije la misma tasa para las devoluciones y acciones de repetición, entre otras, que interponen los contribuyentes.
“No puede ser que la AFIP cobre una tasa cuando el contribuyente se atrasa en el pago de sus obligaciones y no pague la misma tasa cuando se demora (y en muchos casos sin razones) en efectuar las devoluciones”, cuestionaron.