El presidente Javier Milei presentó cambios en el Registro Automotor a través del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de desregulación económica publicado el 21 de diciembre en el boletín oficial: ¿cuáles serán los cambios y cómo se realizarán los trámites a partir de ahora?
El decreto ya entró en vigencia y, por ende, los cambios aplican desde este viernes para todos los conductores. Aunque la norma todavía deba pasar por el Congreso, que podrá aprobarla o rechazarla en su totalidad, seguirá vigente hasta que sea votada.
El DNU sólo necesita la aprobación por mayoría simple de una de las dos Cámaras para ser refrendado. Lo mismo corre para el poder Judicial, que también tiene la facultad de considerarlo inválido.
En este marco, la Asociación Argentina de Encargados de Registros de la Propiedad del Automotor (Aaerpa) aclaró hoy que los trámites que se realizan allí ya son digitales y que “no hay un solo recurso del presupuesto afectado a este servicio” sino que, por el contrario, “el Estado Nacional y los Estados provinciales reciben gran parte de lo que pagan los usuarios del sistema”.
Cambios en el registro automotor: se terminan los trámites presenciales
El titular de la asociación de registros, Alejandro Germano, lanzó un comunicado tras la aplicación del DNU y aclaró el carácter electrónico de los trámites a partir de esta semana: “El concepto de servicio digital remoto que establece el DNU 70/2023 ya se presta en la actualidad a través de los registros seccionales. Aclaremos que el registro ya es digital y los trámites se despachan, se registran y se comunican en forma electrónica. De lo que se está hablando es de la forma de ingresar los trámites”.
“Además, la desconcentración de las oficinas registrales permite que siempre haya un registro cerca, no solo para realizar un trámite sino para buscar asesoramiento profesional para asegurar su patrimonio ya sea al comprar, vender o tomar un crédito sobre el automotor”, agregó.
Sobre el sistema que regía hasta ahora, Germanó aclaró:
“Actualmente los registros que reciben solicitudes tanto en forma presencial como remota para todos los trámites y las despachan en el estricto orden de presentación, previo control del cumplimiento de los requisitos legales (que el dueño y su cónyuge hayan firmado, que el vehículo no esté embargado, que no haya prenda ni deudas impositivas que el comprador desconozca, etc.) inscriben el trámite y emiten la documentación en papel y también digital en el caso de las cédulas y títulos de propiedad”.
DNU de Javier Milei: estos son los documentos obligatorios para circular en auto
Los documentos obligatorios para circular son los siguientes:
- Licencia Nacional de Conducir.
- Cédula verde o azul.
- Comprobante de seguro en vigencia.
- Comprobante de pago del impuesto a la radicación del vehículo.
- Documento Nacional de Identidad (DNI).
- Constancia de Revisión Técnica Obligatoria (RTO) o Verificación Técnica Vehicular (VTV).
- Chapas patente colocadas visibles, sin alteraciones y en buen estado.
- Matafuegos con fecha vigente y balizas triangulares.