A través de un proyecto de comunicación presentado desde el Bloque de Senadores de la UCR de la Provincia de Santa Fe, se solicitó a los diecinueve (19) Diputados y diputadas Nacionales y tres (3) Senadores y senadoras Nacionales por la Provincia de Santa Fe, que en oportunidad de dar tratamiento a iniciativas legislativas sobre el Impuesto a las Ganancias -en especial a las rentas de la 4° categoría- se inste la inclusión de mecanismos que posibiliten la inclusión de los siguientes aspectos:
– La adecuación de los montos de las deducciones personales por mínimo no imponible, cargas de familia y deducción especial de modo que reflejen los gastos de manutención y sostenimiento del contribuyente y su grupo familiar.
– Un mecanismo eficaz de actualización automática -al menos de frecuencia semestral- que reproduzca la evolución del costo de vida. A meros fines ilustrativos se cita el Índice de Precios al Consumidor (IPC) o el valor de la Canasta Básica Total, ambos elaborados y publicados por el INDEC.
– Otorgar a aquellos ocupados independientes -oficios o profesiones- similar tratamiento al de los trabajadores en relación de dependencia a los fines de evitar que hacia adentro de los estratos medios de la sociedad se produzcan discriminaciones entre trabajadores en relación de dependencia y otras personas que tengan ingresos similares a un trabajador pero sin la estabilidad asalariada.
Fundamentos
En los fundamentos de la iniciativa el Pte. del Bloque de senadores de la UCR, Felipe Michlig, señaló que “el impuesto a las ganancias resulta uno de los tributos que posee mejor aptitud para captar la capacidad contributiva de los agentes económicos a través del flujo de sus ingresos. Sin embargo, dicho impuesto es uno de los que mayor grado de rigurosidad técnica requiere en su diseño a los fines de evitar ser subvertido en su finalidad de captar la ganancia o ingresos que excedan las necesidades de sostenimiento material de los individuos. Un impuesto a las ganancias (o a los ingresos) debe desagregar con precisión la parte del ingreso que los individuos necesitan para sostener la propia fuente de dichos ingresos.
Tal necesidad de sostenimiento incluye, con total obviedad, la propia manutención de la persona y su grupo familiar. Esto guarda estrecha relación con el concepto de «costo de reproducción social». En caso de que tal desagregación no se realice con adecuada precisión se corre el riesgo de subvertir las virtudes del impuesto a las ganancias, ya que se estarían gravando ingresos que no son ganancias en sentido estricto, sino que forman parte del piso de ingresos que la persona necesita para sostener su fuente de ingreso y la manutención de su grupo familiar.
Deducciones
En el diseño de un impuesto a las ganancias, el mecanismo para desagregar adecuadamente los costos de sostenimiento de la fuente de ingresos y el sostenimiento del grupo familiar son las denominadas «deducciones». Para evitar que el tributo grave a los medios de subsistencia, es requisito que los montos de tales deducciones resulten equivalentes a los gastos de sostenimiento de la propia fuente de ingresos como asimismo la manutención del grupo familiar del contribuyente.
En la Provincia de Santa Fe aproximadamente 180.000 trabajadores, trabajadoras, jubilados y jubiladas tributan el impuesto a las ganancias, lo cual da una idea del colectivo afectado por la problemática antes citada. Actualmente, la persona que posee un ingreso que no llega a duplicar la canasta básica total ya tributa el impuesto a las ganancias, producto de un nivel de deducciones insuficiente.
Tratamiento equitativo
El instrumento más idóneo para materializar dicho tratamiento consiste en establecer montos diferenciales superiores de las deducciones personales. Otro aspecto de relevancia radica en la necesidad de brindar un tratamiento equitativo entre contribuyentes procurando que, a igual capacidad contributiva, corresponda igual carga tributaria. Esto no está sucediendo actualmente entre trabajadores que se encuentran bajo relación de dependencia y otras figuras laborales que no resultan en relación de dependencia en el marco del derecho laboral, pero para la realidad económica observan las mismas o mayores vulnerabilidades del empleo en relación de dependencia. Se trata de oficios independientes, profesionales, emprendedores, empresarios que trabajan en el establecimiento (conocidos como cuentapropistas), entre otros.
Neutralidad
Por último, debe destacarse otro principio que se aplica a todo tributo: el de neutralidad. Esto implica que la aplicación del tributo no debería alterar las decisiones de las personas, especialmente aquellas que se consideren virtuosas. Cuando un impuesto altera desfavorablemente los incentivos a producir más, a trabajar más, a asumir mayores responsabilidades, a resultar más eficiente, no está siendo neutral y está generando efectos perversos. Es por eso por lo que deben adecuarse diversos puntos del diseño del impuesto, de modo tal, que no implique un incremento de la carga tributaria cuando el trabajador asume mayores responsabilidades laborales o acepta un incremento horario de su jornada (horas extras, trabajos en fines de semana, trabajo en feriados) o cambios en la organización del trabajo (trabajo por turnos rotativos, retribución por eficiencia, etc.).
Como síntesis, de receptarse las propuestas antes señaladas, más de 100.000 trabajadores, trabajadoras, jubilados y jubiladas santafesinos dejarán de pagar el impuesto a las ganancias, mientras que otro porcentaje importante verá reducida su carga tributaria”.